A partir de este 19 de marzo entran en vigor las reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida libre de Violencia, que contempla otorgar de oficio órdenes de protección a las mujeres que sufren violencia de género.
Esto a partir del instante en que se tenga conocimiento de acciones de violencia que ponga en riesgo la integridad, la libertad o la vida de mujeres o niñas, según se publicó en el Diario Oficial de la Federación.
Asimismo, de evitar que los agresores tengan contacto con las víctimas, las órdenes de protección deberán expedirse en no más de 4 horas, serán por 60 días y se podrán prolongar hasta que dure la investigación de un caso de violencia.
También se contempla que el ministerio público ordene el embargo de los bienes de los agresores, así como ordenarle al agresor que desocupe la vivienda que comparte con la víctima, independientemente de la acreditación de propiedad.
Sera notificado el jefe superior jerárquico del agresor, cuando se trate de un servidor público y cuando los agresores pertenezcan a los cuerpos policiacos, militares o de seguridad.
Previo consentimiento, los agresores deberán llevar un localizador electrónico y tendrán prohibido salir del país o de alguna zona territorial, según lo estipule un juez.